El "Manual de la Naciones Unidas para la Prevención y
Control de Delitos Informáticos" señala que cuando el problema se eleva a
la escena internacional, se magnifican los inconvenientes y las insuficiencias,
por cuanto los delitos informáticos constituyen una nueva forma de crimen
transnacional y su combate requiere de una eficaz cooperación internacional
concertada. Asimismo, la ONU resume de la siguiente manera a los problemas que
rodean a la cooperación internacional en el área de los delitos informáticos:
-Falta de acuerdos globales acerca de qué tipo de conductas
deben constituir delitos informáticos.
-Ausencia de acuerdos globales en la definición legal de
dichas conductas delictivas.
-Falta de especialización de las policías, fiscales y otros
funcionarios judiciales en el campo de los delitos informáticos.
-Falta de armonización entre las diferentes leyes
procesales nacionales acerca de la investigación de los delitos informáticos.
-Carácter transnacional de muchos delitos cometidos
mediante el uso de computadoras.
-Ausencia de tratados de extradición, de acuerdos de ayuda
mutuos y de mecanismos sincronizados que permitan la puesta en vigor de la
cooperación internacional.
En síntesis, es destacable que la delincuencia informática
se apoya en el delito instrumentado por el uso de la computadora a través de
redes telemáticas y la interconexión de la computadora, aunque no es el único
medio. Las ventajas y las necesidades del flujo nacional e internacional de
datos, que aumenta de modo creciente aún en países latinoamericanos, conlleva
también a la posibilidad creciente de estos delitos; por eso puede señalarse
que la criminalidad informática constituye un reto considerable tanto para los
sectores afectados de la infraestructura crítica de un país, como para los
legisladores, las autoridades policiales encargadas de las investigaciones y
los funcionarios judiciales.
Tipos de Delitos Informáticos reconocidos por la
Organización de las Naciones Unidas:
La Organización de Naciones Unidas (ONU) reconocen los siguientes tipos de delitos informáticos:
La Organización de Naciones Unidas (ONU) reconocen los siguientes tipos de delitos informáticos:
- Fraudes cometidos mediante manipulación de computadoras
Manipulación de los datos de
entrada: este tipo de fraude informático conocido también como sustracción de
datos, representa el delito informático más común ya que es fácil de cometer y
difícil de descubrir.
La manipulación de programas:
consiste en modificar los programas existentes en el sistema o en insertar
nuevos programas o rutinas. Es muy difícil de descubrir y a menudo pasa
inadvertida debido a que el delincuente tiene conocimientos técnicos concretos
de informática y programación.
Manipulación de los datos de
salida: se efectúa fijando un objetivo al funcionamiento del sistema
informático. El ejemplo más común es el fraude del que se hace objeto a los
cajeros automáticos mediante la falsificación de instrucciones para la
computadora en la fase de adquisición de datos.
Fraude efectuado por
manipulación informática: aprovecha las repeticiones automáticas de los
procesos de cómputo. Es una técnica especializada que se denomina "técnica
del salchichón" en la que "rodajas muy finas" apenas
perceptibles, de transacciones financieras, se van sacando repetidamente de una
cuenta y se transfieren a otra. Se basa en el principio de que 10,66 es igual a
10,65 pasando 0,01 centavos a la cuenta del ladrón n veces.
- Manipulación de los datos de entrada
Como objeto: cuando se alteran
datos de los documentos almacenados en forma computarizada.
Como instrumento: las
computadoras pueden utilizarse también para efectuar falsificaciones de
documentos de uso comercial.
- · Daños o modificaciones de programas o datos computarizados
Acceso no a autorizado a
servicios y sistemas informáticos: estos acceso se pueden realizar por diversos
motivos, desde la simple curiosidad hasta el sabotaje o espionaje informático.
Reproducción no autorizada de
programas informáticos de protección legal: esta puede entrañar una pérdida económica sustancial para los propietarios
legítimos. Algunas jurisdicciones han tipificado como delito esta clase de
actividad y la han sometido a sanciones penales. El problema ha alcanzado dimensiones transnacionales con el tráfico de esas reproducciones no
autorizadas a través de las redes de telecomunicaciones modernas. Al respecto,
se considera, que la reproducción no autorizada de programas informáticos no es
un delito informático debido a que el bien jurídico a tutelar es la propiedad
intelectual.
A Adicionalmente a estos tipos de delitos reconocidos, el XV
Congreso Internacional de Derecho ha propuesto todas las formas de conductas
lesivas de la que puede ser objeto la información. Ellas son:
"Fraude en el campo de la informática.
Falsificación en materia informática.
Sabotaje informático y daños a datos computarizados o
programas informáticos.
Acceso no autorizado.
Intercepción sin autorización.
Reproducción no autorizada de un programa informático
protegido.
Espionaje informático.
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