domingo, 16 de noviembre de 2014

LEGISLACION INFORMATICA DE NACIONES UNIDAS

El "Manual de la Naciones Unidas para la Prevención y Control de Delitos Informáticos" señala que cuando el problema se eleva a la escena internacional, se magnifican los inconvenientes y las insuficiencias, por cuanto los delitos informáticos constituyen una nueva forma de crimen transnacional y su combate requiere de una eficaz cooperación internacional concertada. Asimismo, la ONU resume de la siguiente manera a los problemas que rodean a la cooperación internacional en el área de los delitos informáticos:
-Falta de acuerdos globales acerca de qué tipo de conductas deben constituir delitos informáticos.
-Ausencia de acuerdos globales en la definición legal de dichas conductas delictivas.
-Falta de especialización de las policías, fiscales y otros funcionarios judiciales en el campo de los delitos informáticos.
-Falta de armonización entre las diferentes leyes procesales nacionales acerca de la investigación de los delitos informáticos.
-Carácter transnacional de muchos delitos cometidos mediante el uso de computadoras.
-Ausencia de tratados de extradición, de acuerdos de ayuda mutuos y de mecanismos sincronizados que permitan la puesta en vigor de la cooperación internacional.
En síntesis, es destacable que la delincuencia informática se apoya en el delito instrumentado por el uso de la computadora a través de redes telemáticas y la interconexión de la computadora, aunque no es el único medio. Las ventajas y las necesidades del flujo nacional e internacional de datos, que aumenta de modo creciente aún en países latinoamericanos, conlleva también a la posibilidad creciente de estos delitos; por eso puede señalarse que la criminalidad informática constituye un reto considerable tanto para los sectores afectados de la infraestructura crítica de un país, como para los legisladores, las autoridades policiales encargadas de las investigaciones y los funcionarios judiciales.

Tipos de Delitos Informáticos reconocidos por la Organización de las Naciones Unidas:

La Organización de Naciones Unidas (ONU) reconocen los siguientes tipos de delitos informáticos:
  •  Fraudes cometidos mediante manipulación de computadoras

Manipulación de los datos de entrada: este tipo de fraude informático conocido también como sustracción de datos, representa el delito informático más común ya que es fácil de cometer y difícil de descubrir.
La manipulación de programas: consiste en modificar los programas existentes en el sistema o en insertar nuevos programas o rutinas. Es muy difícil de descubrir y a menudo pasa inadvertida debido a que el delincuente tiene conocimientos técnicos concretos de informática y programación.

Manipulación de los datos de salida: se efectúa fijando un objetivo al funcionamiento del sistema informático. El ejemplo más común es el fraude del que se hace objeto a los cajeros automáticos mediante la falsificación de instrucciones para la computadora en la fase de adquisición de datos.

Fraude efectuado por manipulación informática: aprovecha las repeticiones automáticas de los procesos de cómputo. Es una técnica especializada que se denomina "técnica del salchichón" en la que "rodajas muy finas" apenas perceptibles, de transacciones financieras, se van sacando repetidamente de una cuenta y se transfieren a otra. Se basa en el principio de que 10,66 es igual a 10,65 pasando 0,01 centavos a la cuenta del ladrón n veces.

  •                     Manipulación de los datos de entrada


Como objeto: cuando se alteran datos de los documentos almacenados en forma computarizada.

Como instrumento: las computadoras pueden utilizarse también para efectuar falsificaciones de documentos de uso comercial. 

  •     ·         Daños o modificaciones de programas o datos computarizados

       Sabotaje informático: es el acto de borrar, suprimir o modificar sin autorización funciones o datos de                  computadora con intención de obstaculizar el funcionamiento normal del sistema.

       Acceso no a autorizado a servicios y sistemas informáticos: estos acceso se pueden realizar por diversos motivos, desde la simple curiosidad hasta el sabotaje o espionaje informático.

       Reproducción no autorizada de programas informáticos de protección legal: esta puede    entrañar una  pérdida económica sustancial para los propietarios legítimos. Algunas jurisdicciones han tipificado como  delito esta clase de actividad y la han sometido a sanciones penales. El problema ha alcanzado  dimensiones transnacionales con el tráfico de esas reproducciones no autorizadas a través de las redes de  telecomunicaciones modernas. Al respecto, se considera, que la reproducción no autorizada de programas   informáticos no es un delito informático debido a que el bien jurídico a tutelar es la propiedad intelectual.


A    Adicionalmente a estos tipos de delitos reconocidos, el XV Congreso Internacional de Derecho ha propuesto todas las formas de conductas lesivas de la que puede ser objeto la información. Ellas son:

"Fraude en el campo de la informática.
Falsificación en materia informática.
Sabotaje informático y daños a datos computarizados o programas informáticos.
Acceso no autorizado.
Intercepción sin autorización.
Reproducción no autorizada de un programa informático protegido.
Espionaje informático.


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